Cuando fallece un veterano: los primeros 30 días

When a Veteran Dies: The First 30 Days

Las semanas después del fallecimiento de un veterano son de las más difíciles que una familia enfrentará, y el papeleo no espera. Hay que detener o redirigir los pagos de beneficios, planificar el entierro, y los sobrevivientes pueden tener beneficios que reclamar. El VA (Departamento de Asuntos de Veteranos) dice que quiere que los sobrevivientes "eviten deudas por sobrepagos de beneficios", y que llamar por teléfono es la forma más rápida de reportar un fallecimiento para que se detengan los pagos. Esta guía explica lo que las familias suelen atender en los primeros 30 días, con los números de teléfono oficiales, formularios y plazos del VA, el Seguro Social y el Servicio de Finanzas y Contabilidad de Defensa (DFAS).

Puntos clave

  • Obtenga varias copias certificadas del certificado de defunción. USAGov dice que la mayoría de las agencias necesitan una, además del número de Seguro Social de la persona.
  • Reporte el fallecimiento al VA. El VA ofrece opciones por teléfono, en persona y por correo, y dice que el teléfono es la más rápida.
  • Las funerarias generalmente reportan los fallecimientos al Seguro Social. Un cónyuge sobreviviente puede calificar para un pago único de $255.
  • Jubilados militares: llame al Equipo de Atención de Bajas (Casualty Care Team) de DFAS al 1-800-321-1080 para que se cierre el pago de jubilación y puedan comenzar los beneficios para sobrevivientes.
  • Los beneficios de entierro del VA para un fallecimiento no relacionado con el servicio el 1 de octubre de 2026 o después incluyen hasta $1,032 para el entierro y $1,032 para la parcela; los fallecimientos relacionados con el servicio pueden calificar para hasta $2,000.
  • Para un fallecimiento relacionado con el servicio después del servicio, una reclamación de DIC (Indemnización por Dependencia y Compensación) recibida dentro de 1 año del fallecimiento se puede pagar desde el primer día del mes del fallecimiento.

Índice

  • Días 1 a 3: primeras llamadas y documentos
  • Cómo reportar el fallecimiento al VA, al Seguro Social y a DFAS
  • Planificar el entierro y reclamar los beneficios de entierro
  • Beneficios para sobrevivientes: DIC y más
  • Días 10 a 30: cuentas, seguros y el patrimonio
  • Pregúntele al Navigator
  • Preguntas frecuentes
  • Fuentes
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Días 1 a 3: primeras llamadas y documentos

En los primeros días, la atención se centra en la funeraria y en reunir documentos. Muchos de los pasos posteriores dependen de dos documentos: el certificado de defunción y los documentos de baja del veterano.

Certificados de defunción

USAGov dice que las copias certificadas se obtienen de "la oficina de registros vitales del estado donde ocurrió el fallecimiento", por internet, por correo o en persona. Los costos varían según el estado. USAGov dice que se necesitan copias certificadas para trámites como notificar al Seguro Social y a otras agencias del gobierno, y cerrar o transferir cuentas bancarias y de tarjetas de crédito. Algunos lugares pueden aceptar una fotocopia para trámites de rutina, así que pregunte en cada uno.

Documentos de baja (DD214)

La Oficina de Programación de Cementerios Nacionales del VA pide "el DD214 u otros documentos de baja del veterano o miembro del servicio" para confirmar la elegibilidad para el entierro en un cementerio nacional del VA. Si no encuentra el DD214, USAGov explica cómo solicitar los registros militares.

Su lista de verificación del primer mes

  1. Pida varios certificados de defunción certificados.
  2. Busque el DD214, el testamento y cualquier documento de fideicomiso.
  3. Reporte el fallecimiento al VA.
  4. Confirme que la funeraria reportará el fallecimiento al Seguro Social, o llame usted mismo a la SSA (Administración del Seguro Social).
  5. Si el veterano era jubilado militar, llame a DFAS.
  6. Programe el entierro y pregunte por los beneficios de entierro del VA.
  7. Reporte el fallecimiento al TSP (Plan de Ahorro para el Retiro) y a las compañías de seguro de vida, si aplica.
  8. Reúna lo que necesita para solicitar la DIC y otros beneficios para sobrevivientes.

Cómo reportar el fallecimiento al VA, al Seguro Social y a DFAS

Reportar rápidamente ayuda a detener pagos que más tarde habría que devolver, e inicia el proceso de beneficios para sobrevivientes.

VA

El VA dice: "Cuando usted reporta un fallecimiento, detendremos cualquier pago de beneficios que el veterano estaba recibiendo". El VA indica tres formas de reportar:

  • Por teléfono (la más rápida): llame al VA y seleccione el 5, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 9:00 p.m. hora del Este (TTY: 711). La guía para jubilados de la Marina indica que el número del VA es 800-827-1000.
  • En persona: en una oficina regional del VA.
  • Por correo: Department of Veterans Affairs, Claims Intake Center, PO Box 4444, Janesville, WI 53547-4444. El VA señala que el correo tarda más en detener los pagos.

El VA pide el nombre completo del veterano, el número de Seguro Social o el número de reclamación del VA, la fecha de nacimiento, la fecha del fallecimiento y la rama de servicio, además del certificado de defunción y el DD214 si están disponibles.

Seguro Social

El Seguro Social dice: "Las funerarias generalmente nos informan cuando alguien fallece. Por eso, normalmente usted no necesita reportarnos un fallecimiento". Si no participa una funeraria, llame al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778). La publicación de la SSA How Social Security Can Help You When a Family Member Dies (Cómo el Seguro Social puede ayudarle cuando fallece un familiar) dice que si un beneficio llegó por depósito directo, comuníquese con el banco y "pídales que devuelvan cualquier fondo recibido por el mes del fallecimiento o después". Si llegó por cheque, no lo cobre; devuélvalo a la SSA. Un cónyuge sobreviviente puede recibir un pago único de $255, que la SSA dice que debe solicitarse "dentro de 2 años" del fallecimiento.

DFAS (jubilados militares)

La guía oficial de la Marina sobre cómo reportar el fallecimiento de un jubilado dice que llame al Equipo de Atención de Bajas de DFAS al 1-800-321-1080 (desde el extranjero: 216-522-5955, opción 3) con el número de Seguro Social del jubilado y la fecha del fallecimiento. "DFAS comenzará a cerrar la cuenta de pago para evitar cualquier sobrepago". Dentro de 7 a 10 días hábiles, DFAS envía una carta de condolencia y, si aplica, el formulario SF 1174 (Claim for Unpaid Compensation, reclamación de compensación no pagada) y un paquete de anualidad para la cobertura del Plan de Beneficios para Sobrevivientes (SBP). La misma guía indica DEERS (Sistema de Informes de Elegibilidad para Inscripción en Defensa) al 800-538-9552.

Planificar el entierro y reclamar los beneficios de entierro

El VA ofrece entierro en cementerios nacionales y dinero para los costos del entierro. Nuestra guía Beneficios de entierro del VA: lo que las familias pueden reclamar profundiza en el tema.

Programar un entierro en un cementerio nacional

Llame a la Oficina de Programación de Cementerios Nacionales al 800-535-1117 (TTY: 711), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 7:30 p.m. hora del Este. Los documentos se pueden enviar por fax al 866-900-6417 o por correo electrónico a NCA.Scheduling@va.gov. El VA dice que el director de la funeraria que usted elija puede ayudar con estos pasos.

Cantidades de la asignación para el entierro

La página de asignación para el entierro del VA indica:

  • Fallecimiento relacionado con el servicio: hasta $2,000 si el veterano falleció el 11 de septiembre de 2001 o después ($1,500 antes de esa fecha).
  • Fallecimiento no relacionado con el servicio el 1 de octubre de 2026 o después: hasta $1,032 de asignación para el entierro y hasta $1,032 de asignación para la parcela.

La solicitud es el VA Form 21P-530EZ. El VA dice que un cónyuge sobreviviente no necesita presentar una solicitud "siempre que usted aparezca como cónyuge del veterano en el perfil del veterano". Para un fallecimiento no relacionado con el servicio, el VA dice: "Debe presentar una reclamación dentro de 2 años después del entierro del veterano", con algunas excepciones. El VA dice que no hay límite de tiempo si el fallecimiento estaba relacionado con el servicio y usted está reclamando la asignación para el entierro o el transporte.

Beneficios para sobrevivientes: DIC y más

La Indemnización por Dependencia y Compensación (DIC) es un pago mensual del VA para sobrevivientes elegibles. Vea DIC del VA para cónyuges sobrevivientes y DIC vs. pensión para sobrevivientes.

Quién puede calificar

El VA dice que un cónyuge sobreviviente puede calificar si el veterano falleció por una condición relacionada con el servicio, o tenía una calificación de discapacidad total por al menos 10 años antes del fallecimiento, o desde la baja y por al menos 5 años inmediatamente antes del fallecimiento, o por al menos 1 año si era un ex prisionero de guerra que falleció después del 30 de septiembre de 1999. También aplican reglas sobre el matrimonio y la convivencia.

Cuánto se paga y cómo solicitarla

El VA indica que la tarifa mensual básica de DIC para un cónyuge sobreviviente es de $1,699.36, vigente desde el 1 de diciembre de 2025. La solicitud es el VA Form 21P-534EZ, Application for DIC, Survivors Pension, and/or Accrued Benefits (solicitud de DIC, pensión para sobrevivientes y/o beneficios acumulados), que se puede presentar por internet.

Por qué importa el momento

La regulación federal 38 CFR 3.400(c)(2) establece la fecha de vigencia de la DIC para un fallecimiento relacionado con el servicio después del servicio como el "primer día del mes en que ocurrió el fallecimiento del veterano si la reclamación se recibe dentro de 1 año después de la fecha del fallecimiento; de lo contrario, la fecha de recibo de la reclamación". Presentar la solicitud dentro del primer año protege esos pagos retroactivos.

Días 10 a 30: cuentas, seguros y el patrimonio

Plan de Ahorro para el Retiro (TSP)

El TSP dice que cualquier persona puede reportar el fallecimiento de un participante por internet a través de su TSP Life Events Hub en lifeevents.tsp.gov. Las preguntas se dirigen a la ThriftLine al 1-877-968-3778.

Otras agencias y empresas

La lista de USAGov de a quién notificar incluye la oficina estatal de vehículos motorizados, el IRS (Servicio de Impuestos Internos), los servicios de pasaportes, el registro de votantes y los beneficios para empleados federales, así como bancos, compañías de tarjetas de crédito, agencias de crédito y servicios públicos.

El patrimonio

Si hay un testamento, el albacea tendrá que iniciar el proceso de sucesión (probate) del estado, si se necesita. En California, por ejemplo, el testamento original debe presentarse ante el tribunal dentro de 30 días después del fallecimiento, según el Tribunal Superior del Condado de Riverside.

Pregúntele al Navigator

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que reportar yo mismo el fallecimiento al Seguro Social?

Normalmente no. La SSA dice que las funerarias generalmente reportan los fallecimientos. Si no participa una funeraria, llame al 1-800-772-1213.

¿Qué pasa si el VA sigue pagando después del fallecimiento?

El VA dice que reportar de inmediato ayuda a los sobrevivientes a evitar deudas. Es posible que haya que devolver los pagos enviados después de un fallecimiento, así que reporte rápidamente y consulte con el VA antes de gastar cualquier pago que llegue después del fallecimiento.

¿La asignación para el entierro del VA es automática para los cónyuges?

El VA dice que un cónyuge sobreviviente no necesita presentar una reclamación si aparece como cónyuge del veterano en el perfil del VA del veterano.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la DIC?

Para un fallecimiento relacionado con el servicio después del servicio, el 38 CFR 3.400(c)(2) dice que una reclamación recibida dentro de 1 año del fallecimiento tiene vigencia desde el primer día del mes del fallecimiento. De lo contrario, la fecha de vigencia es la fecha en que el VA recibe la reclamación.

¿A quién llaman las familias de jubilados militares?

Al Equipo de Atención de Bajas de DFAS al 1-800-321-1080, o al 216-522-5955, opción 3, desde el extranjero.

Fuentes

Información educativa solamente — no es asesoría legal, tributaria, financiera ni médica, y no está afiliada con el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU. Las reglas de patrimonio y sucesión varían según el estado; un abogado de patrimonio en su estado puede confirmar lo que aplica. Para ayuda con beneficios del VA, comuníquese con una VSO acreditada por el VA (a menudo gratis), un agente de reclamaciones o un abogado.

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